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En muchos procedimientos judiciales, especialmente aquellos relacionados con lesiones, incapacidades, negligencias médicas o reclamaciones económicas, es habitual que cada una de las partes aporte su propio informe pericial. En estas situaciones puede ocurrir que ambos dictámenes lleguen a conclusiones completamente opuestas, generando una duda frecuente: ¿qué ocurre cuando existen dos informes periciales contradictorios?
La respuesta es que ningún informe prevalece automáticamente sobre el otro. Será el juez quien valore todas las pruebas practicadas y determine cuál resulta más convincente desde el punto de vista técnico y jurídico.
En este artículo te explicamos cómo se resuelven estas discrepancias y qué aspectos se tienen en cuenta para otorgar mayor credibilidad a un informe pericial.
¿ES NORMAL QUE EXISTAN INFORMES PERICIALES CONTRADICTORIOS?
Sí. De hecho, es una situación relativamente frecuente.
Cada parte tiene derecho a aportar un perito de parte que defienda técnicamente su posición. Por ello, es habitual que:
- El demandante presente un informe que respalde su reclamación.
- La parte demandada aporte otro informe con conclusiones diferentes.
Esto sucede especialmente en procedimientos relacionados con:
- Accidentes de tráfico.
- Accidentes laborales.
- Incapacidades permanentes.
- Valoración del daño corporal.
- Negligencias médicas.
- Daños psicológicos.
- Defectos constructivos.
- Informática forense.
La existencia de informes contradictorios no invalida ninguno de ellos, sino que obliga al juez a realizar una valoración conjunta de toda la prueba.
¿QUÉ HACE EL JUEZ CUANDO EXISTEN DOS INFORMES OPUESTOS?
En España rige el principio de libre valoración de la prueba. Esto significa que el juez no está obligado a aceptar las conclusiones de ninguno de los peritos.
Su función consiste en analizar:
- La calidad técnica del informe.
- La metodología utilizada.
- La objetividad del perito.
- La coherencia de las conclusiones.
- El resto de pruebas existentes en el procedimiento.
En consecuencia, puede:
- Dar mayor credibilidad a uno de los informes.
- Aceptar parcialmente ambos.
- Apartarse de las conclusiones de los dos si considera que existen otras pruebas más convincentes.
¿QUÉ ASPECTOS HACEN QUE UN INFORME SEA MÁS SÓLIDO?
Cuando existen informes contradictorios, algunos elementos suelen tener especial importancia.
Una metodología rigurosa
El juez valorará si el informe explica claramente:
- Qué documentación se ha analizado.
- Qué pruebas se han realizado.
- Qué criterios científicos o técnicos se han aplicado.
- Cómo se han obtenido las conclusiones.
Cuanto más transparente sea la metodología, mayor será su credibilidad.
Una fundamentación objetiva
Las conclusiones deben apoyarse en:
- Informes médicos.
- Pruebas diagnósticas.
- Exploraciones clínicas.
- Bibliografía científica.
- Normativa aplicable.
Los informes basados únicamente en opiniones personales suelen tener menor fuerza probatoria.
La especialización del perito
También resulta importante que el perito posea una formación y experiencia directamente relacionadas con la materia objeto del litigio.
Por ejemplo, en un procedimiento sobre lesiones complejas puede resultar más convincente un informe elaborado por un especialista en valoración del daño corporal que uno realizado por un profesional sin esa especialización.
La coherencia con el resto de las pruebas
El informe pericial no se analiza de forma aislada.
El juez también tendrá en cuenta si sus conclusiones coinciden con:
- Historias clínicas.
- Informes hospitalarios.
- Pruebas diagnósticas.
- Declaraciones de testigos.
- Documentación aportada durante el procedimiento.
LA IMPORTANCIA DE LA DECLARACIÓN DEL PERITO EN EL JUICIO
En muchas ocasiones, la diferencia entre dos informes similares se produce durante la ratificación en sede judicial.
El perito puede ser llamado a declarar para:
- Explicar su metodología.
- Justificar sus conclusiones.
- Responder a las preguntas del juez y de los abogados.
- Rebatir el informe de la parte contraria.
Una exposición clara, técnica y bien argumentada puede reforzar considerablemente la credibilidad del informe.
¿PUEDE EL JUEZ SOLICITAR OTRO PERITAJE?
Sí.
Cuando las discrepancias entre los informes son especialmente relevantes o el tribunal considera que ninguno resulta suficientemente concluyente, puede acordarse la práctica de una nueva prueba pericial conforme a lo previsto en la legislación procesal.
Este nuevo dictamen puede contribuir a aclarar aspectos técnicos que hayan quedado controvertidos durante el procedimiento.
¿CÓMO PUEDE AYUDARTE UN PERITO DE PARTE?
Contar con un perito de parte no solo permite elaborar un informe técnico, sino también:
- Analizar críticamente el informe contrario.
- Detectar errores metodológicos.
- Señalar conclusiones insuficientemente fundamentadas.
- Elaborar un contrainforme pericial.
- Defender técnicamente el dictamen durante el juicio.
En procedimientos complejos, esta labor puede resultar determinante para el resultado del litigio.
¿QUÉ ERRORES RESTAN CREDIBILIDAD A UN INFORME PERICIAL?
Algunos defectos pueden reducir notablemente el valor probatorio de un informe:
- Conclusiones sin respaldo documental.
- Exploraciones incompletas.
- Falta de motivación técnica.
- Omisión de pruebas relevantes.
- Contradicciones internas.
- Utilización de metodologías no reconocidas.
- Falta de objetividad o apariencia de parcialidad.
Por ello, la calidad técnica del informe es tan importante como sus conclusiones.
La existencia de dos informes periciales contradictorios no significa que uno de ellos sea automáticamente correcto o incorrecto. Corresponde al juez valorar cuál ofrece una explicación más sólida, objetiva y fundamentada de los hechos. Por ello, contar con un perito especializado, que elabore un informe riguroso y sea capaz de defenderlo con solvencia en sede judicial, puede marcar la diferencia en el resultado del procedimiento.
En Peritos Legales contamos con peritos médicos, psicólogos, ingenieros, arquitectos, informáticos y otros especialistas con amplia experiencia en la elaboración de informes periciales y contrainformes, así como en su ratificación ante los tribunales.
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